Ayudas de 400€ por nacimiento en Boqueixón

El Concello abre el plazo para solicitar subvenciones destinadas a sufragar gastos de crianza y apoyar el comercio local.

Primer plano de la mano de un bebé sujetando unas monedas, con productos de higiene y alimentación infantil desenfocados al fondo.
IA

Primer plano de la mano de un bebé sujetando unas monedas, con productos de higiene y alimentación infantil desenfocados al fondo.

El Concello de Boqueixón ha abierto el plazo para solicitar las ayudas de 400 euros destinadas a familias con nacimientos, acogidas o adopciones, con el objetivo de ayudar en los gastos de crianza y dinamizar el comercio local.

El Concello de Boqueixón ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para las ayudas económicas dirigidas a familias empadronadas en el municipio. Estas subvenciones, que ascienden a 400 euros por familia, buscan apoyar parcialmente los costes derivados del nacimiento, acogida o adopción de niños y niñas.
La iniciativa, dotada con un presupuesto inicial de 8.000 euros "ampliables si fuera preciso", según señaló el alcalde Ovidio Rodeiro, tiene una doble finalidad: aliviar los gastos de crianza y, al mismo tiempo, fomentar el tejido comercial local, ya que el importe de la ayuda deberá ser gastado íntegramente en establecimientos radicados en el municipio.
Los productos que se podrán adquirir con la subvención incluyen pañales, lácteos y alimentos infantiles, ropa, calzado, ajuar, productos de higiene, medicamentos o cualquier otro producto recetado por facultativo de pediatría.
La aportación económica será de 500 euros para aquellos niños y niñas que acrediten una discapacidad del 33% o superior. Las ayudas se otorgarán por concurrencia no competitiva, sin tener en cuenta la renta familiar, para los nacidos, acogidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Para poder solicitar estas ayudas, las familias deben estar empadronadas en Boqueixón (incluido el menor) en el momento de la solicitud y comprometerse a mantener el empadronamiento durante un mínimo de tres años. También es requisito no tener pendiente de justificar otras subvenciones municipales ni incurrir en prohibiciones legales para percibir ayudas.
Las solicitudes podrán presentarse por vía electrónica a través de la sede electrónica municipal o de forma presencial en el Registro General del Concello.
Se establecen dos plazos de presentación: el primero, para los nacidos, acogidos o adoptados entre el 1 de enero y el 13 de mayo de 2026, será de 15 días naturales a partir del 14 de mayo. El segundo plazo, para los nacidos, acogidos o adoptados entre el 14 de mayo y el 31 de diciembre, será de 15 días naturales contados desde el día siguiente al hecho.