El TSXG anula la denegación de la mina de Touro y critica a la Xunta por "indefensión"

La Sala de lo Contencioso-administrativo considera que hubo "inseguridad jurídica" y un "vicio procedimental insubsanable" en la decisión de la administración autonómica.

Imagen genérica de un mazo de juez sobre una mesa en un juzgado.
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Imagen genérica de un mazo de juez sobre una mesa en un juzgado.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha revocado la decisión de la Xunta de Galicia de denegar la reactivación de la mina de Touro, señalando graves errores en el procedimiento administrativo que generaron "indefensión" e "inseguridad jurídica" para la empresa promotora.

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG, ya renovada, ha emitido una sentencia que anula la resolución de la Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Recursos Naturais de febrero de 2021, que declaraba inviable el proyecto de Cobre San Rafael. Según el tribunal, la administración autonómica realizó una interpretación "sesgada" de un informe de Augas de Galicia y no otorgó el preceptivo trámite de audiencia a la promotora.

Esta omisión es radicalmente nula al privar al promotor de la última palabra ante un escenario de cierre de proyecto.

La sentencia destaca que la Xunta dictó una declaración de impacto ambiental (DIA) desfavorable sin conceder el plazo de 15 días para alegaciones a Cobre San Rafael, lo que supuso una "indefensión real". Además, el tribunal reprocha que se ignoró un documento técnico aportado por la promotora para rebatir las conclusiones de la Dirección Xeral de Patrimonio Natural, incurriendo en una "incongruencia omisiva".
Los magistrados también critican la "actitud hermética" de la administración y la "quiebra en su deber de diligencia y el principio de proporcionalidad", lo que generó una "inseguridad jurídica incompatible con el Estado de Derecho". La resolución del TSXG ordena retrotraer el expediente a la fase previa a la declaración de impacto ambiental para que se le dé audiencia a la empresa y se valoren de forma motivada sus alegaciones y documentos técnicos.