La resolución judicial estima el recurso presentado por la asociación Petón do Lobo contra la autorización otorgada en agosto de 2024. El proyecto, que contaba con una potencia instalada de 50,4 MW, afectaba a los municipios de Moeche, San Sadurniño y As Somozas.
Según la sala de lo contencioso-administrativo, el estudio de impacto ambiental no identificó ni cuantificó correctamente los efectos significativos, directos o indirectos, que la instalación podría tener en relación con otros parques e infraestructuras cercanas ya existentes en la zona.
La sentencia subraya que la normativa exige que, en el procedimiento de evaluación, se tenga en cuenta la proximidad de otras instalaciones. Aunque los proyectos sean independientes, la ley obliga a valorar la incidencia acumulativa y sinérgica conjunta para garantizar la protección del medio ambiente.




