La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la sentencia que impone seis meses de prisión a un individuo por un delito de hurto. El condenado aprovechó un contrato verbal de alquiler para apropiarse de 16 obras de arte de artistas gallegos y un pasador de corbata de oro, propiedad de la familia de la dueña del inmueble.
Los hechos probados, que el alto tribunal gallego mantiene intactos, se remontan al periodo comprendido entre octubre de 2020 y marzo de 2021. Durante este tiempo, el acusado residió en un piso de Ferrol y, "con intención de lograr un enriquecimiento ilícito", fue retirando las obras de arte de la vivienda, las cuales no estaban incluidas en el acuerdo de arrendamiento.
Entre las piezas sustraídas, valoradas en un total de 8.200 euros (a excepción de un Bodegón con jarra y frutas cuyo valor se determinará en ejecución de sentencia), se encuentran obras de autores como Antonio García Patiño, José González Collado o Ricardo Segura Torrella. El fallo también considera probado que el condenado vendió por 45 euros el pasador de corbata de oro.
La defensa del condenado basó su recurso en una supuesta vulneración de la presunción de inocencia, argumentando que la condena se asentaba sobre meras hipótesis. Sin embargo, el tribunal avaló la validez de la prueba indiciaria, destacando la residencia del acusado en el piso, la preexistencia y tasación de los cuadros, su desaparición tras abandonar la vivienda, el testimonio de que fue visto portando un paquete similar al envoltorio de un cuadro, y la confesión de la venta del pasador de corbata.
Asimismo, la Sala rechazó aplicar la atenuante de dilaciones indebidas solicitada por la defensa, considerando que el plazo de casi cuatro años desde la primera declaración judicial fue "diligente y moderado". Contra esta resolución, el condenado aún puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.




