Juzgado un hombre por amenazar con un azadón a un vecino octogenario en Rairiz de Veiga

El acusado defiende su inocencia y alega acoso vecinal, mientras la víctima expresa temor por su vida tras el incidente.

Imagen de una puerta de garaje metálica dañada, en un contexto rural gallego.
IA

Imagen de una puerta de garaje metálica dañada, en un contexto rural gallego.

Un hombre ha sido juzgado en Ourense por amenazar con un azadón a un vecino de 80 años en la localidad de Celme, en el ayuntamiento de Rairiz de Veiga, alegando ser víctima de acoso.

El acusado, que compareció este miércoles en la Sección Penal del Juzgado de Primera Instancia de Ourense, negó los hechos y afirmó que no se ha demostrado su culpabilidad. Según su versión, vecinos de la zona llevan años acosándolo para que abandone su vivienda. También destacó que lleva nueve meses en situación de localización permanente en su casa, con excepción de salir los jueves, tras una condena en enero de 2024.
Por su parte, el denunciante, un hombre de 80 años, relató que el incidente ocurrió el 30 de julio de 2025, cuando escuchó ruidos fuera de su casa. Al salir, vio al acusado persiguiendo a sus perros. Tras un intercambio de palabras, el acusado lo amenazó de muerte y comenzó a perseguirlo con un azadón. La víctima se refugió en su casa, cerrándose tras la puerta metálica del garaje, mientras el acusado golpeaba la puerta con la herramienta.

"Tengo miedo por mi vida y por mi seguridad. No lo quiero ver más."

el denunciante
Agentes de la Guardia Civil que acudieron al lugar ratificaron que encontraron daños en la puerta del garaje y que el acusado estaba "alterado", mientras que el octogenario se mostraba "amedrentado". La Fiscalía solicitó dos años de cárcel, una indemnización de 102,85 euros por los daños y la prohibición de acercarse a la víctima durante cinco años por delitos de amenazas y quebrantamiento de condena. La acusación particular pidió además que se le prohíba residir en Celme y a menos de 30 kilómetros del domicilio de la víctima durante cinco años. La defensa, sin embargo, solicitó la absolución, argumentando que la única prueba es la declaración del denunciante sin corroboración objetiva.