Esta resolución de la sala coruñesa refrenda el criterio adoptado previamente por el juzgado instructor y la Fiscalía, subrayando la necesidad de un rigor probatorio estricto en este tipo de procedimientos. La decisión judicial, emitida el 7 de abril de 2026, cierra una investigación que los magistrados calificaron de “amplia y minuciosa”.
El tribunal rechazó la solicitud de la acusación particular de reabrir la instrucción para tomar declaración a dos nuevos testigos. Según la Audiencia, esta petición no buscaba completar una investigación deficiente, sino forzar una nueva valoración de los hechos con el objetivo de obtener un resultado diferente al ya establecido por la jueza instructora y el Ministerio Fiscal.
Las diligencias solicitadas tienen un carácter periférico y prospectivo, alejado del núcleo de los hechos investigados.
Los jueces también cuestionaron la capacidad de estas personas para aportar una valoración válida sobre una posible sumisión química, al carecer de cualificación pericial y no haber participado directamente en los hechos. La resolución recuerda que esta hipótesis ya había sido analizada y descartada mediante pruebas médicas, análisis clínicos y declaraciones de especialistas, lo que refuerza la falta de base objetiva para nuevas líneas de investigación.
Con este pronunciamiento, la Audiencia concluye que no procede continuar con el proceso penal y confirma el cierre del caso, si bien la decisión puede ser recurrida mediante recurso de súplica.




