El TSXG anula una multa por gasóleo B al no permitir a la defensa presentar pruebas

La sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia subraya la obligación de la Administración de motivar el rechazo de pruebas relevantes.

Imagen genérica de una manguera de combustible en una estación de servicio.
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Imagen genérica de una manguera de combustible en una estación de servicio.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha anulado una sanción de 2.160 euros impuesta a una persona en Vigo por uso indebido de gasóleo B, al considerar que la Administración no le permitió presentar una prueba crucial para su defensa.

La decisión del TSXG surge de un recurso presentado por un particular sancionado por utilizar gasóleo B, un combustible bonificado, en una pala retroexcavadora sin la debida autorización. Los hechos se remontan a octubre de 2021, cuando la Guardia Civil realizó una inspección en un inmueble de la parroquia de Cabral, en Vigo, y detectó la presencia de este tipo de combustible en el vehículo.
La Agencia Tributaria, a través de su departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, incoó un expediente sancionador por una infracción tributaria grave, que inicialmente ascendía a 3.600 euros. Durante el proceso, el afectado propuso la declaración de un compañero de empresa como prueba, quien alegaba haber llenado el depósito por error, ya que la empresa poseía otros vehículos que sí podían emplear gasóleo B. Además, argumentó que la retroexcavadora había estado inmovilizada y no se había utilizado con el combustible en cuestión.

El aquí interesado propuso prueba testifical dirigida a revestir de credibilidad un muy relevante argumento exculpatorio: que no fue él, sino un tercero, quien personalmente introdujo en el vehículo el gasóleo B; y que lo hizo fruto de un error material (...). Por tanto, la Administración se aseguró la irrebatibilidad de la versión sostenida en la instrucción y encaminada a la imposición de una resolución sancionadora tras privar al recurrente de toda posibilidad de contradecirla, sin ni siquiera expresar un argumento que justificase por qué la relevante prueba por él propuesta no podía ser admitida.

Sin embargo, la Administración desestimó esta prueba sin justificación, lo que el TSXG consideró una vulneración del derecho a la defensa. La sentencia del alto tribunal gallego subraya que la legislación exige que la Administración motive cualquier rechazo de pruebas propuestas por los afectados, garantizando así la posibilidad de contradicción y la fiabilidad del proceso sancionador.