Lo que comenzó como una medida excepcional durante la pandemia para evitar aglomeraciones, la cita previa se ha consolidado como un sistema habitual en muchos servicios públicos. Sin embargo, su encaje jurídico ha sido cuestionado en los últimos años, especialmente tras la modificación normativa en Cataluña en noviembre de 2025.
A nivel estatal, la legislación actual no contempla la cita previa como un requisito obligatorio, sino como un instrumento organizativo. El abogado Diego Gómez, especialista en derecho administrativo, subraya que el problema no es la existencia de la cita, sino su imposición. «La cita previa voluntaria está muy bien para organizar el servicio, pero lo que no se puede hacer es convertirla en un muro», explica Gómez.
“"La administración está para servir al ciudadano, no para que el ciudadano se adapte a ella."
Según Gómez, la administración debe actuar siempre con sometimiento pleno a la ley y al derecho, prestando un servicio efectivo y cercano. La exigencia de cita previa obligatoria en determinados organismos podría situarse fuera de la legalidad, ya que no existe ninguna norma que impida el acceso a un ciudadano por no tener cita en servicios básicos de atención administrativa. Esto genera una «doble ilegalidad»: exigir un requisito no previsto y obligar a relacionarse telemáticamente a quienes no están obligados.
Esta situación agrava la brecha digital, afectando especialmente a las personas mayores que tienen dificultades para realizar trámites en línea. La combinación de cita previa obligatoria y dependencia digital crea un «doble muro» para el ciudadano. Aunque la organización mediante citas puede ser útil en servicios técnicos, Gómez insiste en que no se puede trasladar sin matices a la atención administrativa básica. Si un ciudadano pierde un plazo administrativo por no conseguir cita, la responsabilidad recae en la administración por no facilitar el acceso.




