El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso del Concello de Ourense contra la sentencia que anuló el cese del interventor municipal, Gonzalo Alonso. Los magistrados señalaron, en una providencia del pasado 24 de junio, que no se fundamentó suficientemente la existencia de supuestos que puedan generar interés casacional para crear jurisprudencia.
La resolución también indica que no se demostró que la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia se apartase inmotivadamente de la doctrina jurisprudencial del Supremo. Además, el argumento del Concello sobre que la sentencia podría ser gravemente perjudicial para los intereses generales no fue compartido por los magistrados, al no aportar razones suficientes que lo probasen.
“"No se fundamentó suficientemente que concurra alguno de los supuestos que permitan apreciar el interés casacional con el fin de crear jurisprudencia."
Debido a estas razones, el Supremo inadmitió el recurso e impuso las costas al Concello. La administración local ya anunció su intención de acudir al Tribunal Constitucional.




