El Concello de Ourense recurrirá la sentencia que obliga a reincorporar a la tesorera

La administración local llevará ante el TSXG la decisión judicial que anula el cese de la funcionaria y ordena su vuelta al puesto.

Imagen genérica de un mazo de juez sobre una mesa de madera, simbolizando la justicia.
IA

Imagen genérica de un mazo de juez sobre una mesa de madera, simbolizando la justicia.

El Ayuntamiento de Ourense anunció que recurrirá ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) la sentencia que le obliga a reincorporar a la tesorera municipal, cuyo cese había sido anulado por un juzgado de instancia.

La justicia anuló el decreto de cese y ordenó la reincorporación de la funcionaria, al considerar que las discrepancias técnicas alegadas por el gobierno local no justifican su salida del puesto. La decisión del Ayuntamiento de Ourense de recurrir ante el TSXG abre una nueva fase judicial en un conflicto que afecta a un puesto clave de la estructura económico-financiera municipal.

Más allá de las discrepancias de carácter técnico que surgieron en el desempeño de su función con otros técnicos y que, conforme a lo indicado por la Dirección General de Estabilidad Presupuestaria y Gestión Financiera Territorial, pudieran solventarse, no con el cese de uno de los discrepantes, sino con la reorganización de las funciones asignadas a los funcionarios de habilitación nacional.

La magistrada de la plaza número 1 de la Sección de lo contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Ourense estimó el recurso presentado por la propia tesorera local y por el Colegio Territorial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local. La resolución judicial anula el decreto municipal que ordenaba el cese de la funcionaria y acuerda su regreso, incluyendo la compensación de los haberes que procedan.
La Alcaldía de Ourense, dirigida por Gonzalo Pérez Jácome, había decretado el cese de la funcionaria alegando “continuas incidencias”, como la negativa del departamento municipal a la contabilización de actos y acuerdos locales. Según la sentencia, estas incidencias estaban motivadas por “discrepancias con otros órganos y servicios” por “cuestiones puramente formales sin trascendencia jurídica sustancial”.
Sin embargo, la jueza considera que los motivos presentados para el cese no demuestran que la aptitud e idoneidad para el puesto, apreciadas en su día, ya no concurran. La sentencia sugiere que las discrepancias técnicas podrían haberse resuelto mediante la reorganización de funciones, en lugar del cese de la funcionaria.