Juristas alertan de carencias en la ley de discapacidad tras cinco años de aplicación

Expertos reunidos en el Parlamento de Galicia señalan la pérdida de prestaciones y reclaman más apoyo familiar y garantías en ingresos involuntarios.

Imagen genérica de un mazo de juez sobre libros jurídicos con el Pazo del Parlamento de Galicia al fondo.
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Imagen genérica de un mazo de juez sobre libros jurídicos con el Pazo del Parlamento de Galicia al fondo.

Juristas, fiscales y representantes de entidades sociales reunidos en el Parlamento de Galicia han señalado las deficiencias en la aplicación de la ley de atención a personas con discapacidad, aprobada hace casi cinco años.

La normativa, que supuso un cambio de modelo hacia la autonomía de la voluntad, está generando efectos no deseados en ámbitos como las prestaciones, los apoyos profesionales y los ingresos involuntarios, según las conclusiones de un encuentro celebrado esta semana.
El decano del Colegio Notarial de Galicia, José María Graíño, destacó la importancia de revisar tanto las aportaciones de la Ley 8/21 como las deficiencias detectadas en su vigencia.
Uno de los puntos centrales fue la figura de la guarda de hecho, el apoyo informal prestado por familiares. La fiscal coordinadora de Personas con Discapacidad y Mayores, María José Segarra, advirtió de la falta de concienciación de las administraciones y empresas, así como del exceso de trámites.
Representantes de entidades como Fademga Plena Inclusión Galicia y la asociación Líber criticaron que la ley no tiene en cuenta la diversidad del colectivo, especialmente en la discapacidad intelectual, y que no contempla ayudas económicas para financiar los servicios de apoyo, lo que supone una carga para las familias.
También señalaron que la aplicación de la norma por la Seguridad Social y la Agencia Tributaria está provocando la pérdida de prestaciones y beneficios fiscales. La directora de la Fundación Aequitas, Almudena Castro Girona, resumió el desajuste afirmando que "a ningún jurista le puede caber en la cabeza que una administración prive a alguien de un derecho adquirido".
Otro punto crítico fueron los ingresos involuntarios psiquiátricos o residenciales. Se denunció la desprotección jurídica en este ámbito y se censuró que la privación de libertad se regule en un solo artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin normas como la asistencia letrada previa.
Las jornadas también abordaron la función notarial para dar forma jurídica a la voluntad de la persona y garantizar el ejercicio de sus derechos. Los expertos coincidieron en la necesidad de evitar soluciones legales "estándar" y apostar por "trajes a medida" para cada persona y discapacidad.