Tras el registro de la moción de censura, la ley orgánica 5/1985 del régimen electoral general, en su artículo 197, determina que la sesión plenaria debe convocarse automáticamente para las 12:00 horas del décimo día hábil siguiente a su presentación. Esta normativa impide cualquier adelanto de la fecha, confirmando el 7 de mayo como el día de la votación.
Antes de esta importante cita, el Ayuntamiento de Lugo acogerá otro pleno de carácter ordinario el 30 de abril. Se espera que en esta sesión se aborden los últimos asuntos de gestión del actual gobierno local, incluyendo posibles créditos para el pago de facturas pendientes.
La ley orgánica 5/1985 del régimen electoral general ya establece que el pleno del Concello en el que se debatirá se convoca automáticamente para las 12.00 horas del décimo día hábil siguiente al de su registro.




