La decisión judicial revoca una sentencia previa que había impuesto una multa y la retirada del permiso de conducir. Los hechos se remontan a la mañana del 18 de junio de 2023, cuando la mujer conducía un Audi A3 por la carretera LU-703. Tras haber ingerido bebidas alcohólicas y medicamentos, perdió el control del vehículo e impactó contra una señal de peligro.
La conductora fue trasladada al Hospital Universitario Lucus Augusti (Hula), donde se le realizó una analítica que reveló una tasa de alcohol equivalente a 0,50 miligramos por litro de aire espirado. En primera instancia, el Juzgado Praza número 1 de Lugo la condenó a una multa de 2.160 euros y a la retirada del carné durante un año, al considerar probado que la ingesta de sustancias la incapacitaba para una conducción segura.
La determinación de la concentración de alcohol en sangre con efectos probatorios requiere de una metodología analítica fiable y contrastada, por lo que una analítica ordinaria en el ámbito hospitalario no puede ser por sí sola prueba de cargo suficiente.
La defensa de la acusada presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Lugo, argumentando que la analítica del Hula tenía fines terapéuticos y no judiciales, sin seguir los protocolos específicos exigidos para análisis forenses. Además, se señaló que el propio informe del hospital mencionaba el uso del método de alcohol deshidrogenasa, que presenta "imperfecciones e interferencias" y no es adecuado para fines judiciales, y que el resultado debería haberse confirmado mediante cromatografía de gases.
También se alegó que, al tratarse de una extracción sanitaria ordinaria, pudo emplearse alcohol para la desinfección, lo que alteraría el resultado. La Audiencia Provincial admitió el recurso, indicando que un accidente vial por sí solo no permite concluir que la conductora se encontrase bajo la influencia del alcohol, ya que existen "múltiples factores capaces de explicarlo, como la fatiga, la distracción o las circunstancias de la vía".




