La sección cuarta de la Audiencia Provincial da Coruña impuso las costas procesales a un hombre que recurrió una sentencia de divorcio con el objetivo de evitar el pago de una pensión compensatoria de 1.200 euros al mes a su exmujer. En su fallo, el tribunal confirma de manera íntegra que el varón debe continuar abonando dicha cuantía debido a la situación de salud y la falta de ingresos de la demandante, quien dedicó un "larguísimo tiempo" al cuidado de la familia.
La sala consideró que el recurso presentado por el hombre "solo puede calificarse de temerario", dado que sus alegaciones se apoyaban en un acuerdo alcanzado por los cónyuges para regular temporalmente las cargas familiares previas a la demanda de divorcio, el cual había sido homologado judicialmente en Suiza.
La resolución judicial arroja luz sobre las circunstancias que rodearon aquel pacto inicial. Según recoge el texto judicial, aquel acuerdo se suscribió en un momento en el que el hombre abandonó a su esposa, dejándola "en una situación de gran vulnerabilidad y riesgo en Suiza". Aquella situación obligó al hijo de ambos a socorrer a su madre, quien se encontraba "enferma y sin trabajo ni dinero" ante un grave riesgo de precariedad.
Por este motivo, las magistradas concluyen que el hecho de que el momento de la separación se produjese antes de solicitar las medidas provisionales previas al divorcio no constituye un obstáculo para desestimar las pretensiones del hombre. La sala subraya que la mujer "no tenía capacidad de reacción" y precisaba de forma urgente la ayuda de su hijo por carecer de cualquier tipo de ingreso con el que atender sus necesidades básicas, como era su propia salud.




